Límites de velocidad DGT, a 30 km/h

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20 de septiembre de 2022

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Desde el 11 de mayo del corriente año, han quedado activos los nuevos límites de velocidad a los que es necesario adecuarse para circular en las ciudades o los pueblos. Es un cambio que ha entrado en vigor y que limita de manera genérica la circulación a 20, 30 o 50 kilómetros por hora de acuerdo con el tipo de vía por el que se conduzca. Esto se suma a otras modificaciones que se han llevado a cabo en este ámbito, como es el caso de la nueva normativa para patines eléctricos que se aplicaron desde comienzos del año.

La medida fue anunciada por el director general de Tráfico, Pere Navarro, junto con Carlos Daniel Casares, secretario general de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) y Alfonso Gil, teniente de alcalde del Ayuntamiento de Bilbao y presidente de la Comisión de Transporte, Movilidad Sostenible y Seguridad Vial de la FEMP. En esta ocasión, se presentó también el manual de aplicación de los nuevos límites de velocidad. Estos límites de velocidad en centros urbanos es algo que se viene analizando desde hace años. Varias ciudades españolas se adelantaron en este sentido y ya habían implementado el límite a 30 kilómetros por hora en vías de un solo carril por sentido.

Pere Navarro explicó en Revista DGT:

“La presentación de este manual, un mes antes de la entrada en vigor de los nuevos límites de velocidad en las ciudades, es fruto de la apuesta decidida de colaboración entre administraciones. Esta bajada de la velocidad en nuestras calles va a permitir a las autoridades municipales crear ciudades más amables, más humanas, donde puedan convivir de forma más segura los distintos usuarios de la vía, porque con velocidades superiores a 30 km/h la seguridad para todos los actores que interactúan no está garantizada”.

¿En qué consisten los nuevos límites de velocidad?

Estos nuevos límites aparecen en la modificación del Reglamento General de Circulación mediante el Real Decreto 970/2020 del 10 de noviembre. Fue publicado el 11 de noviembre en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Se ha brindado un margen de seis meses desde Tráfico para que los municipios puedan adaptar su señalización y para garantizar que la totalidad de los ciudadanos, especialmente, aquellos usuarios de vehículos puedan conocer la nueva normativa. Los nuevos límites de velocidad de DGT son los siguientes:

  • Hasta 20 kilómetros por hora: en vías con plataforma única de calzada y acera
  • Hasta 30 kilómetros por hora: en vías de único carril por sentido de circulación
  • Hasta 50 kilómetros por hora: en vías de dos o más carriles por cada sentido de circulación

Algo que se debe tener en cuenta es que no se están contabilizando aquí aquellos carriles reservados para la circulación de vehículos o usuarios determinados, como es el caso del uso exclusivo de transporte público. Para entender esto, debemos pensar en una vía que cuente con dos carriles, pero uno de ellos sea de uso exclusivo para bus o taxi. En este caso, la vía es contemplada como una ruta de un solo carril, por lo que aplica el límite de 30 km/h. También, la norma habilita que las velocidades puedan ser reducidas por los Ayuntamientos en particular si estos lo consideraran necesario. No obstante, para ello, estos van a tener la responsabilidad de instalar previamente la señalización adecuada para indicar el límite distinto al nacional.

Los nuevos límites de velocidad de DGT y las multas

Desde la entrada en vigor de estos nuevos límites de velocidad de DGT, se comenzaron a implementar multas para quienes los incumplan. Las infracciones por exceso de velocidad en estas vías dependerán de cuánto se exceda el límite propuesto. Así, las infracciones pueden ser consideradas graves o muy graves. En algunos casos, esto puede llevar a una disminución en los puntos de entre dos y seis. Las sanciones por incumplir los nuevos límites de velocidad de DGT pueden oscilar entre los 100 y los 600 euros, aunque esto puede variar de acuerdo con la fecha en que se realice el pago, si se hace pronto o no.

Si el límite de velocidad es de 30 km/h, se considerará grave y tendrá una multa de 100 euros una velocidad entre los 31 y los 50 km/h. Será grave y tendrá 300 euros de multa una velocidad entre los 51 y los 60. 400 euros para 61 a 70 km/h. 500 euros para velocidad entre 71 y 80 km/h. Y, finalmente, se considerará muy grave y tendrá una multa de 600 euros una velocidad superior a los 81 km/h.

En caso de que el límite de velocidad de la vía sea de 20 km/h, se colocan las siguientes multas:

  • 100 euros para 21 a 40 km/h
  • 300 euros para 41 a 50 km/h
  • 400 euros para 51 a 60 km/h
  • 500 euros para 61 a 70 km/h
  • 600 euros para más de 71 km/h

Razones de los cambios de velocidad en espacios urbanos

La DGT ha explicado que los motivos que llevaron a la implantación de esta medida fueron múltiples. Por un lado, se destaca la demanda de los ayuntamientos para tener un paraguas legal normativo que les permita la aplicación del límite de 30 km/h en las localidades. También se ha llamado la atención sobre los fallecidos en accidentes de tráfico en las ciudades que, en 2019, aumentaron un 6%. Se ha hecho referencia a que, en 2019, el 82% de los fallecidos en accidentes de tránsito fueron usuarios vulnerables, entre los que se cuenta a peatones, motoristas y ciclistas. Finalmente, la DGT ha explicado que, a través de estas medidas, se reduce en un 80% el riesgo de fallecer como consecuencia de un atropello, ya que la velocidad de la colisión es más baja.

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